PAGO DE REMUNERACIÓN CUANDO UN EMPLEADO NO TIENE DERECHO AL SUBSIDIO DE ENFERMEDAD

Estimad@, recuerda si tu empleado no cumple con los requisitos mínimos para obtener el subsidio de enfermedad (6 aportaciones continuas antes del inicio de la enfermedad) tú como empleador deberás cancelar durante dos meses el 50% de la remuneración que percibe el trabajador. Esto lo determina el Código de Trabajo en su artículo 42, numeral “19. Pagar al trabajador, cuando no tenga derecho a la  prestación por parte del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, el cincuenta por ciento de su remuneración en caso de enfermedad no profesional, hasta por dos meses en cada año, previo certificado médico que acredite la imposibilidad para el trabajo o la necesidad de descanso;”

CERTIFICADO DE REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES CON OBLIGACIÓN A LA UAFE

Estimad@, recuerda en base a la Resolución NRO. NAC-DGERCGC25-00000018 emitida el 06 de agosto de 2025, se agrega en el artículo 2 de la Resolución NAC-DGERCGC21-00000029 “16. Si el sujeto pasivo es o no sujeto obligado a reportar ante la Unidad de Análisis Financiero y Económico”, por lo cual ahora al generar el Certificado de Registro Único de Contribuyentes (RUC) aparecerá si estás obligado o no a reportar a la UAFE, de la siguiente manera:

NUEVAS NORMATIVAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO PARA FORTALECER LA INCLUSIÓN Y LA PROTECCIÓN LABORAL

El 22 de agosto de 2025, el Ministerio de Trabajo expidió dos acuerdos ministeriales de gran relevancia para el sector laboral en el Ecuador:

🔹 Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-102

Establece las Normas para la Prevención y Atención de casos de Discriminación, Violencia y Acoso Laboral en el sector privado, con el fin de garantizar entornos de trabajo seguros, inclusivos y libres de cualquier forma de maltrato, además de fijar lineamientos para prevenir, identificar, atender y sancionar estas conductas dentro de las relaciones laborales.

🔹 Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-105

Introduce las Normas para la Certificación de Sustitutos de Personas con Discapacidad, definiendo el procedimiento y requisitos para obtener la calificación y certificación de los sustitutos directos, es decir, quienes asumen el cuidado y la asistencia directa de personas con discapacidad.

Con estas normativas, el Ministerio de Trabajo busca fortalecer la protección de los derechos de los trabajadores, promover la inclusión y garantizar condiciones laborales más justas y equitativas.

ECUADOR ELIMINA A PANAMÁ DE LA LISTA DE PARAÍSOS FISCALES

El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la Resolución NAC-DGERCGC25-00000021, publicada el 15 de agosto de 2025, mediante la cual Panamá deja de ser considerado paraíso fiscal en el país.

La decisión se basa en los avances alcanzados en materia de cooperación e intercambio de información tributaria entre ambas naciones, gracias a la firma de acuerdos bilaterales.

NUEVAS OBLIGACIONES UAFE Y SRI 2025: CÓMO CUMPLIR CON LA RESOLUCIÓN NAC-DGERCGC25-00000018

Expedido el 14 de agosto de 2025

El 6 de agosto de 2025, el Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la Resolución NAC-DGERCGC25-00000018, que introduce nuevas disposiciones relacionadas con la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE). Esta reforma afecta directamente a contribuyentes inscritos en el RUC que son considerados sujetos obligados en la prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Principales Cambios de la Resolución

1. Incorporación de información UAFE en el RUC

  • Ahora, en el certificado del RUC se deberá indicar si el contribuyente es o no sujeto obligado a reportar ante la UAFE.

2. Suspensión del RUC por incumplimiento

  • El SRI podrá suspender de oficio el RUC si el sujeto pasivo no obtiene su Código de Registro UAFE en un plazo de 30 días hábiles desde la apertura o actualización del RUC.

3. Nuevo requisito documental

  • En los casos anteriores, el contribuyente deberá entregar al SRI el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones emitido por la UAFE.

Plazos y Sanciones

  • Plazo: 30 días hábiles desde la apertura o actualización del RUC para obtener el Código de Registro UAFE.
  • Consecuencia del incumplimiento: suspensión del RUC, lo que implica imposibilidad de facturar y operar legalmente.

Recomendaciones para cumplir

  • Verificar si tu actividad económica te convierte en sujeto obligado según la Ley de Prevención de Lavado de Activos.
  • Iniciar de inmediato el trámite del Código UAFE tras abrir o actualizar el RUC.
  • Guardar y presentar el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones cuando lo requiera el SRI.
  • Mantener actualizada la información en el RUC para evitar suspensiones.

La Resolución NAC-DGERCGC25-00000018 busca fortalecer la transparencia y prevenir delitos financieros, pero también implica nuevos retos administrativos para las empresas y personas naturales. Cumplir con los plazos y requisitos no solo evita sanciones, sino que garantiza la continuidad de las operaciones comerciales. Mantente informado y actúa proactivamente para adaptarte a estos cambios.

Cordialmente,

Equipo CODEX

AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA REGISTRO DEL PLAN DE IGUALDAD

Mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-083, publicado el 30 de julio de 2025, el Ministerio de Trabajo amplió el plazo para la presentación de los Planes de Igualdad hasta el 31 de diciembre de 2025.

📌 Importante:

La obligación de presentar los Planes de Igualdad aplica a empleadores del sector privado que cuenten en sus nóminas con 50 o más trabajadores.