La normativa ecuatoriana de protección de datos personales establece que todas las organizaciones, públicas o privadas, deben implementar medidas que garanticen la seguridad, confidencialidad y correcto uso de la información que manejan. Este deber de cumplimiento ha convertido la protección de datos en un componente esencial de la gestión empresarial. Dentro de estas obligaciones surge una figura clave: el Delegado de Protección de Datos Personales (DPDP), responsable de supervisar que la entidad actúe conforme a la Ley y adopte buenas prácticas en materia de privacidad.
Aunque no todas las empresas están obligadas a designar un delegado, la Ley determina situaciones y sectores específicos en los que su nombramiento es indispensable.

¿Cuándo se debe designar un Delegado de Protección de Datos?
La designación del DPDP es obligatoria en los siguientes casos:

  • Organizaciones del sector público, que manejan altos volúmenes de información ciudadana.
  • Actividades del responsable o encargado que requieren supervisión continua y sistemática debido a la naturaleza o complejidad del tratamiento de datos.
  • Procesos que involucran información sensible que demanda especial control.
  • Situaciones en las que los datos tratados no estén relacionados con información reservada o de seguridad nacional.

En estos escenarios, el delegado cumple un rol de acompañamiento técnico y de vigilancia interna, asegurando una adecuada gestión de cumplimiento.

Sectores con designación obligatoria
Además de los casos generales, la normativa ecuatoriana señala sectores específicos donde el nombramiento del delegado es obligatorio:

  • Instituciones educativas y entidades que gestionen información de menores.
  • Instituciones de educación superior.
  • Organizaciones que administran datos de menores de edad.
  • Entidades financieras y aseguradoras.
  • Empresas de publicidad, prospección o investigación de mercado que elaboran perfiles.
  • Actores del sistema de salud, a excepción de profesionales particulares, y compañías del sector farmacéutico.
  • Empresas de seguridad privada, administradoras de urbanizaciones o sistemas de control de accesos.
  • Federaciones, clubes deportivos y gremios profesionales.
  • Empresas de telecomunicaciones, videovigilancia, geolocalización, tecnologías de información e inteligencia artificial.
  • Concesionarias y entidades que gestionan servicios públicos.
    Estas entidades trabajan con información crítica o de alto impacto, por lo que la figura del delegado es necesaria para reforzar la protección de datos y la transparencia.

Plazo de registro
La normativa establece que las instituciones obligadas deben registrar a su delegado hasta el 31 de diciembre de 2025, garantizando así el cumplimiento formal y operativo de esta obligación.

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